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31 de mayo de 2019

SEXO HISTÓRICO ESPAÑOL : EL CIPOTE DE ARCHIDONA

El espectáculo teatral 

Estaba el 31 de octubre de 1971, una pareja de jóvenes -un obrero agrícola de 24 años natural de Loja (Granada) y una joven de Archidona de 18 años- viendo un espectáculo flamenco en el pueblo de Archidona, cuando aprovechando la oscuridad de la sala con manita va manita viene, vieron para su espanto, como de tanto trajín acababan manchadas las ropas de un matrimonio sentado en la fila de atrás. 


El matrimonio impuso la correspondiente denuncia, y el caso fue juzgado por un tribunal de Málaga , que el 3 de marzo de 1972 dictó la correspondiente sentencia en la que se fallaba :
En la ciudad de Málaga, a tres de marzo de mil novecientos setenta y dos. Vista en juicio oral a puerta cerrada por la Sección 3.ª de esta Audiencia, la causa procedente del juzgado de Instrucción de Antequera, seguida por el delito de escándalo público contra A. A. M., hijo de E. y de R., de 24 años de edad, natural de Loja (Granada), vecino de Archidona, de estado soltero, de oficio obrero agrícola, de buena conducta, con instrucción, sin antecedentes penales, declarado insolvente, en libertad provisional, y P. B. A., hija de C. y de D., de 18 años de edad, natural y vecina de Archidona, de estado soltera, de oficio sus labores, de buena conducta, con instrucción, sin antecedentes penales, insolvente, en libertad provisional, representados por el Procurador D. Manuel Gómez Jiménez de la Plata, siendo parte el Ministerio fiscal y ponente el Magistrado D. Manuel Rodríguez López. 
1.º RESULTANDO: probado y así se declara que el día 31 de octubre de 1971, en el cine Archidona, de la ciudad de Archidona, durante la presencia de un espectáculo de cante flamenco, la procesada P. B. A. masturbó a su novio, el procesado A. N. M., teniendo este el órgano viril fuera del pantalón, lo que motivó que salpicara de semen a los también espectadores R. B. V. y a su esposa M. L. C. R., causando desperfectos en sus ropas, pericialmente valorados en 3500 Ptas. y 1600 Ptas. respectivamente y puesto en conocimiento de la Policía municipal lo ocurrido, los procesados fueron expulsados del local, con la consiguiente publicidad. 
2.º RESULTANDO: Que por el Ministerio fiscal se calificaron definitivamente los hechos procesales como constitutivos de un delito de escándalo público previsto y castigado en el artículo 431, párrafo 1.º del Código Penal, designando como autores a los procesados y no apreciando circunstancia modificativa del mismo cuerpo legal, solicitó se les impusieran las penas de tres meses de arresto mayor, 15 000 pesetas de multa y nueve años de inhabilitación especial, accesorias y costas, y a indemnizar, conjunta y solidariamente, a R. B. en 3500 Ptas. y a M. L. C. en 1600 Ptas. 
3.º RESULTANDO: Que la defensa de los referidos procesados, en sus conclusiones también definitivas, manifestó que era disconforme con las conclusiones del Ministerio Fiscal, por estimar que sus patrocinados no son autores del delito de escándalo público que se les imputa.  
1.º CONSIDERANDO: Que los hechos que se declaran probados constituyen un delito de escándalo público previsto y penado en el párrafo 1.º del artículo 431 del Código Penal, pues dicho delito se integra por dos factores, la comisión de un acto moralmente reprochable y su realización en público, en condiciones de que pueda ser percibido por otras personas, por ser el pudor social el bien jurídico protegido en esta clase de delitos, y es evidente que el poner al descubierto un hombre su miembro viril y dejarse masturbar por su acompañante en un cine, durante una función a la que concurrían otras personas, constituye una ofensa que se infiere al pudor público y a las buenas costumbres, hecho que tuvo publicidad por la obligada intervención de la policía para evitar el bochornoso espectáculo, aparte de que la característica del delito no radica en la mayor o menor divulgación de los actos ofensivos del pudor o de las buenas costumbres, sino en la naturaleza escandalosa o por la gran turbación que causan en la conciencia de quienes lleguen a conocerlos, por muy reducido que sea su número. 
2.º CONSIDERANDO: Que del referido delito son responsables criminalmente, en concepto de autores, los procesados P. B. A. y A. A. M. por haber tomado parte directa y voluntaria en su ejecución.
3.º CONSIDERANDO: Que en la ejecución de dicho delito no es de apreciar circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal.
4.º CONSIDERANDO: Que toda persona responsable criminalmente de un delito, lo es también civilmente y debe ser condenada al pago de las costas procesales. Vistos, los citados artículos del Código Penal 141, 142, 239, 240 y 742 de la Ley procesal. 
 
FALLAMOS: Que debemos condenar y condenamos a los procesados P. B. A. y A. A. M. como autores de un delito ya definido de escándalo público a cada uno a las penas de dos meses de arresto mayor, multa de diez mil pesetas y seis años y un día de inhabilitación especial para el cargo de guarda y tutela de menores, con la accesoria de suspensión de todo cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio durante las respectivas condenas de arresto mayor con apremio personal de treinta días de arresto si no hicieran efectivas dichas multas en el plazo de dicha Audiencia, y a indemnizar mancomunada y solidariamente a los perjudicados R. B. en tres mil quinientas y a M. L. C. en mil seiscientas pesetas y al pago de las costas procesales por mitad, siéndole de abono para el cumplimiento de dicha condena todo el tiempo que han estado privados de libertad por esta causa. Y aprobamos por sus mismos fundamentos y con las reservas que contiene el auto de insolvencia consultado. 
Así por esta nuestra sentencia definitivamente juzgando la pronunciamos, mandamos y firmamos. José R. Ortega. —M Rodríguez. —Francisco Román. Rubricados. —Publicación. —Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado ponente estándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Certifico. A. P. L.
El asunto habría acabado ahí, si no fuera porque, en mala hora y para espanto del mozo y su novia, la historia llamó la atención a famosos literatos, entre ellos Camilo José Cela ( 1916- 202) (1) y espontáneos , que la hicieron pública en tono jocoso en forma de correspondencia, y  posteriormente, de libro publicado en 1976 por Camilo José Cela bajo el título de La insólita y gloriosa hazaña del Cipote de Archidona y de película en 1979.

Camilo José Cela

Curiosidad
(1) Al multipremiado Camilo José Cela, en 1989 le fue concedido el Premio Nobel de Literatura "por ser la figura más destacada de la renovación literaria en España, y por su prosa rica e intensa, que con refrenada pasión configura una visión provocadora del desamparo del ser humano". Pero, mucho antes de ser rico y famoso, en medio de la guerra civil española , tuvo algunos episodios oscuros , que,  aunque ocultó  o justificó , fueron difundidos  y le recordaron  durante muchos años después , como la carta de dirigida en 1938 al Comisario general de investigación y vigilancia ofreciéndose como delator para “prestar datos sobre personas y conductas” no afines al llamado Movimiento Nacional. También ejerció como censor , censura que sorprendentemente también sufrieron sus propios libros.
El ofrecimiento ( 30/03/1938)


La correspondencia sobre el Cipote de Archidona
Crónica del ejemplar suceso conocido por el nombre de la insólita y gloriosa hazaña del cipote de Archidona que, acariciado por una mano amante, se disparó en público y a destiempo e hizo estragos en la población civil. Es fruto de la feliz coyunda de la casualidad, el rijo y los eternos valores de la raza. La cuentan en sus cartas, con pelos y señales, sin decir mentida ni ocultar la verdad y respondiendo de que es cierto todo cuanto en ellas se dice, el Excmo. Sr. Don Camilo JOsé Cela, individuo de número de la Real Academia Española, y el Ilmo. Sr. Don Alfonso Canales, miembro correspondiente de la misma docta corporación, quienes la publican para solaz de aficionados y curiosos, escarmiento de cachondos y lección de todos y todas. 
Documento (Sin fecha). Tarjeta del Dr. Rafael León, Teniente de Alcalde Delegado de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, a Camilo José Cela ( C.J.C.)
Pídele a Alfonso Canales que te cuente lo del cine de Archidona. 
 
1 de febrero de 1972. Carta de C. J. C. a Alfonso Canales.
Querido Alfonso,
¿Por qué no me cuentas del cine de Archidona? Hasta aquí me llegaron los rumores ahogados por demasiada confusión.
Un fuerte abrazo 
  
3 de febrero de 1972. Carta de Alfonso Canales a C. J. C. 
Querido Camilo José: 
Con mucho gusto te relataré el incidente a que te refieres en tu carta. La cosa ha acaecido en Archidona, muy cerca de donde se halla la célebre Peña de los Enamorados. Una pareja —no consta que fueran novios formales— se encontraba en el cine, deleitándose con la contemplación de un filme musical. La música o las imágenes debían ser un tanto excitantes, porque a ella, según tiene declarado, le dio —no sabe cómo— el volunto de asirle a él la parte más sensible de su físico. El cateto debía ser consentidor, pues nada opuso a los vehementes deseos de su prójima. Dejola hacer complacido, sin previsión de las consecuencias que habría de tener su regalada conducta. 
Según parece, el manipulado, hombre robusto por demás, era tan virgen como López Rodó o, al menos, llevaba mucho tiempo domeñando sus instintos. El caso es que, en arribando al trance de la meneanza, vomitó por aquel caño tal cantidad de su hombría, y con tanta fuerza, que más parecía botella de champán, si no géiser de Islandia.
Los espectadores de la fila trasera, y aun de la más posterior, viéronse sorprendidos con una lluvia jupiterina, no precisamente de oro. Aquel maná caía en pautados chaparrones, sin que pareciera que fuese a escampar nunca. Alguien llamó airadamente, identificando el producto e increpando con soeces epítetos al que lo producía en cantidades tan industriales.
Se hizo la luz. El cateto pensó que la tierra, en eso de tragarse a los humanos, obra con una censurable falta de oportunidad. Doblemente corrido, trataba en vano de retornar a su nido la implacable regadera. Su colaboradora ponía cara de Santa Teresita de Lisieux, aunque con más arrebol en las mejillas. Ambos fueron detenidos y conducidos a la presencia judicial, lo que ocasionó que se incoara el oportuno sumario por escándalo público, a falta de otra tipificación más especificadora. 
El Juez hizo el ofrecimiento de acciones a los poluidos, quienes no sólo quedaron enterados, sino que presentaron justificantes de los daños y perjuicios. Un prestigioso industrial incorporó a los autos la factura del sastre que había confeccionado su terno, que devino inservible. Y una señora, de lo más granado de la sociedad archidonense, presentó la cuenta de la peluquería donde, al siguiente día, hubo de hacerse lavar el cabello (el Fiscal no acaba de explicarse cómo pudo pasar la noche sin un lavado casero de urgencia). 
Como primera providencia, puesto que así lo imponen las reglas de la moral, los intérpretes del raro suceso han contraído honesto matrimonio. ¡Gran equivocación! Imagínate lo que hubieran podido prosperar, en cualquier parte del mundo, tanto el prepotente poseedor de la manguera como su eficaz partenaire. 
La causa está ahora en trámite de calificación. Cuando se dicte la sentencia, te proporcionaré una copia. Será un documento acreditativo de las reservas, no meramente espirituales, de nuestra recia estirpe. 
Un fuerte abrazo, 
 
7 de febrero de 1972. Carta de C. J. C. a Alfonso Canales. 
Querido Alfonso:
¡Bendito sea Dios todopoderoso, que nos permite la contemporaneidad con estos cipotes preconciliares y sus riadas y aun cataratas fluyentes! Amén. ¡Viva España! ¡Cuán grandes son los países en los que los carajos son procesados por causa de siniestro! El suceso muy bien pudiera originar la aparición de una frase adverbial aún no nacida (como «el cipote de Archidona»), señaladora de óptima calidad y desaforada cantidad.

Te ruego que transmitas a la Excma. Diputación Provincial de Málaga mi propuesta de que le sea atribuido un homenaje de ámbito nacional al dueño de la herramienta, honra y prez de la patria y espejo de patriotas. Podría levantarse en su honor un monolito granítico con una farola en la punta del haba —el falofaro de Archidona visible desde las costas de África—; podrían editarse tarjetas postales y fabricarse cipotillos de solapa; podría incluirse la contemplación de tanta gloriosa prepotencia en el programa de los cursos de verano para extranjeros. ¿Os dais cuenta los malagueños, mi querido Alfonso, de lo didáctico que resultaría? ¡A qué lindes insospechadas de progreso nos ha llevado el III Plan de Desarrollo, y la sabia política de nuestros beneméritos tecnócratas, a quienes Dios guarde para mejor lección de todos! Entre nuestro común amigo don Lupercio Leonardo de Argensola, y yo, hemos compuesto, en loor del pijo histórico, el poema que paso a copiarte:
SONETO

Claro cipote, cuya frente altiva 
cubre de nubes tan tupido velo 
que nos hace creer que en ella el cielo
 y en sus cojones su razón estriba. 
En ti mostró su boca vengativa 
el gran león, forzado de su celo, 
y en ti de voluntad empieza el vuelo 
del goterón de leche en lavativa. 
Hoy proclama la gloria de Archidona 
que anegas con tus huevos a su gente
 por tu fluidora pija perseguida. 
Hoy el mundo en tu justo honor pregona 
que salvo incordio, chancro o accidente,
 no hay pija cual tu pija en esta vida. 

Un abrazo de tu emocionado y viejo amigo

9 de febrero de 1972. Carta de Alfonso Canales a C. J. C. 
Querido Camilo José: 
Gracias a cartas como la tuya del 7, mi correspondencia se venderá, cuando ya estemos tranquilos, a tan buen precio como hoy se vende la de Valera y mi tío-abuelo Serafín Estébanez. Eso saldrán ganando los Bancos, que no nuestra descendencia, de la que, por otra parte, ya se ocupará el Instituto Nacional de Previsión. 
Acojo con entusiasmo tus sabias sugerencias en torno al prodigioso carajo de Archidona, que tanto de sí supo dar, «dulcemente meneado». Aún creo que podrían añadirse algunas, muy aprovechables, si la Excelentísima Diputación desea «promocionar» los soterrados atractivos de los enclaves provinciales más apartados de la costa: las agencias de turismo han de organizar excursiones al lugar del suceso, donde se montarían —eso surge siempre de modo espontáneo— comercios de artesanía local, en los que se podrían adquirir, en diversos materiales, veras reproducciones del falo protagonista o de la mano que suscitó su explosión; y los más avisados, si llegan a un acuerdo con los mayoristas, expenderían reliquias —de colgar, de mesa, de pared—, con porcioncitas del traje mancillado del señor de la fila trasera o con mechoncitos de pelo almidonado de la señora que hubo de purificarse, veinticuatro horas más tarde de la regada de litis, con champú al huevo. Mas luego, vendrían las falsificaciones e incluso los cipotes en oro alemán, con un termómetro a lo largo del balano y una brújula haciéndose sitio sobre el rafe de los cojones. Si la villa de Archidona no prospera, no será porque no se lo han puesto en bandeja de plata. Que no se queje después. Pienso incluso que deberíamos elevar una moción al afortunado cabildo, para que luego no digan que los intelectuales no avisan cuando advierten vías de prosperidad en los cada vez más despoblados medios agricultores.
Pepe Luis Estrada se resiste a publicar el soneto argensólicocelesco en Caracola. Le sigue teniendo miedo al espectro de Arias Salgado. Pero Archidona celebra cada año unos juegos florales, en los que los asiduos del género han cantado sus recoletos encantos. El trofeo es un pisapapeles que representa la archidonense plaza ochavada. Podríamos proponer que el premio consistiera, desde ahora, en un consolador trabajado en material noble. Si tú no quieres ser el mantenedor, podrías optar, raro galardón, con tu emotivo poema y rifar luego el olisbo, con la seguridad de que media nómina de los vates españoles —quizás me quede corto— tomaría papeleta.
Un fuerte abrazo de tu buen amigo, 
  
21 de marzo de 1972. Carta de Alfonso Canales a C. J. C. 
Querido Camilo José:
No conocí hasta hoy la sentencia dictada por la Ilustrísima Audiencia de Málaga contra los amantes de Archidona, y eso puede servir para justificar algunos errores adolecidos: el hecho no ocurrió durante la proyección de una película, sino cuando se celebraba un espectáculo flamenco (eso le da a la cosa más color local y también más valentía); el feliz propietario del instrumento no nació en Archidona, sino en Loja (lo que va a ocasionar una disputa entre Málaga y Granada, provincias muy enfrentadas ya por otras emulaciones); a la damnificada no la indemnizan por el lavado de cabello, sino por lo mancillado de la vestimenta... 
Si este acontecimiento hubiera tenido lugar en el siglo XVI o en el XVII, no hubiera obtenido una sanción tan favorable. Te recomiendo que leas el libro de Pedro Herrera Puga, Sociedad y delincuencia en el Siglo de Oro (Universidad de Granada, 1971). 19 de abril de 1972. 
 
Carta del Dr. J. de P. A., profesor adjunto de patología médica, a C. J. C.  
Muy señor mío:
He entrado en conocimiento y con júbilo (como hombre y como español, que no como católico), del episodio que ya por el país viene en llamarse «asunto de Archidona» o, más llanamente, «la paja de Archidona». 
La cuestión, a mi modo de ver, es importante y no la debemos dejar pasar. Bien es cierto que debe ser exaltada literariamente como una epopeya de la raza, como un aldabonazo a aquellas conciencias adormecidas que piensan que el garbanzo y la paja han ido haciendo decrépita, secularmente, nuestra raza. Pero no es menos cierto que la cuestión necesita un enfoque científico. Y he aquí la razón de esta carta y de las molestias que conlleva para usted: el «asunto de Archidona» o, más llanamente, «la paja de Archidona», debe estudiarse científicamente. 
Hemos sostenido, en algunos trabajos realizados por un equipo rigurosamente científico, con el asesoramiento de diversas colaboradoras escandinavas, conocedoras de la cuestión a nivel internacional, que la potencia de la musculatura penal y vésico-excretora del varón español está muy por encima del resto de los varones, y se aproxima a la del toro. Y a ello, hemos insistido en contra de otras autoridades en la materia, ha contribuido poderosamente la paja autóloga (más raramente heteróloga) que se practica en España desde tiempo inmemorial con tenacidad sorprendente. 
La casualidad ha querido (y seguramente también San Cosme y San Damián, patrones de la Fisiología) que en un bello pueblo español haya aparecido el caso necesario para demostrar nuestra hipótesis. 
Formamos un apretado grupo de médicos, científicos e investigadores, al cual se ha unido un físico, especialista en las leyes de Poiseuille y Venturi y en la ecuación de la dinámica de líquidos de Reynolds, y ha prometido su colaboración el funcionario municipal encargado del uso y conservación de las mangueras de riego. 
El grupo puede ser eficaz. Para comenzar el estudio necesitamos los siguientes datos, que si están en sus manos (expresión figurada), le ruego que nos los remita. 
A) Medidas pijométricas del varón en cuestión. 
B) Altura alcanzada por el producto y, a ser posible, gráfica de la trayectoria. 
C) Hábito anterior de esparcimiento autólogo (entiéndase expansiones pililares en régimen de autoservicio). Si es posible, anótese ritmo y frecuencia, y si el varón en cuestión es, al respecto que nos interesa, diestro, siniestro o ambidextro.
D) Número de vaivenes que la fuerza motriz necesitó para obtener el feliz resultado.  
E) Finalmente, sería interesante conocer, aunque no imprescindible, si el varón en el momento de producirse el feliz resultado, exhaló algún alarido de satisfacción o todo se realizó con el habitual quejido suspiroso. Anótese si en el momento se produjo caída de baba y bizquera transitoria. 
Con estos datos creo que podremos trabajar. ¡Quiera Dios, y también San Cosme y San Damián, que obtengamos buenos resultados! 
Si ello fuera así, lograríamos reivindicar, en parte, la maltrecha fisiología del varón hispano, con las consecuencias indudables y beneficiosas que ello tendría de cara al turismo, y quizás, al Mercado Común.  
Y para nosotros sería una gran satisfacción científica haber descrito el primer caso del síndrome que, dentro de poco, puede ser conocido en la literatura científica internacional, como «orgasmus hipertónicus archidonensis». 
Sin otro particular, pues, a la espera de su valiosa colaboración, le saluda atentamente, 
  
29 de abril de 1972. Carta de C. J. C. al Dr. J. de P. A., profesor adjunto de patología médica.

Muy señor mío y amigo,

Le agradezco —como español y patriota— su generoso diagnóstico sobre la musculatura de la pija hispánica, orgullo del país y espejo de foráneos. Como jamás negué mi colaboración a la ciencia, ahí van los datos que me pide.

a) De forma cilíndrica —o quizá levemente troncocónica— el cipote de Archidona da, en estado de lucimiento y descapullez, las siguientes medidas: diámetro de la base, 8,5 cm.; longitud, 42 cm.; diámetro de la cúspide, 7,6 cm. ¡Qué los clementes dioses lo bendigan!

b) El mozo archidonero se corrió de cuchara, esto es, hacia atrás y por encima de la cabeza, como chutaba Zarra, y su engrudo vital, en el suceso que nos ocupa, describió una trayectoria parabólica de 5,40 m. de alcance. Como verá se trata de un problema de balística y opino que quizá fuera prudente que consultara usted a un artillero.

c) Acostumbra a autocascársela tres veces al día —al despertarse, de postre del almuerzo y al acostarse para adecuar los buenos sueños— salvo moza propicia a la que, claro es, no desaira. Su ritmo es rápido y breve y no suele pasar más allá de los primeros compases del pasodoble El gato montés. Se la zurra con la derecha porque, dada su edad y prepotencia, no precisa cambiar de mano.

d) La despiadada catarata se produjo al quinto vaivén profundo, tras no más de dos de tanteo.

e) Rugió ¡Viva España!, y se fue. ¡Angelito! Según informes de la guardia civil, ni babeó ni bizqueó.

Deseando haberlo complacido con el acopio de estos datos que tanto pueden redundar en el mejor provecho de su labor científica, quedo suyo affmo.,

Navidad de 1972. Desde Ronda, un cachondo que se agazapa tras el seudónimo de Robustiano Cipotón, felicita las pascuas a C. J. C.

Que esta Navidad
le traiga longevidad
y el año setenta y tres
mucha fuerza en el kilé.

Robustiano Cipotón


C. J. C. expresa su gratitud a Robustiano Cipotón con los versos que siguen.

A Robustiano Cipotón, que no perdió la afición a utilizar del cojón la próvida munición. (Que Dios le conserve, hermano, por los siglos de los siglos, un coño propicio a mano).
Robustiano Cipotón
es un cachondo de Ronda
que desea verrionda
y eficaz y pertinaz
la conducta del cojón.
¡Qué Dios le oiga, compañero!
Que en este mundo de mierda
no hay cipote que se pierda
por pensar y practicar
que joder es lo primero.
¡Ay, pija devota y pía,
brújula que del cojón
marcas la dulce sazón
—calentura y polla dura—
que tan sólo el catre enfría.
Robustiano Cipotón
me la desea bravía.
¡Qué Dios oiga todavía,
Robustiano,
fiel hermano,
los ruegos de tu oración!
Salut i força al canut,
se desea en Barcelona
y en Gerona y Tarragona
para el quilé
y el magué.
Y calibre de mamut
como el pijo de Archidona,
¡cosa bona!,
pide al cielo para usted
su compadre emocionado
y a follar aficionado,
Cela, Camilo José (De la Real Academia Española, que contra lo que se dice, mea sola).
 
Ávila, 6 de junio de 1976 Al Sr. D. Camilo José Cela Real Academia de la Lengua Madrid 
Muy Sr. mío:
Estoy adquiriendo semanalmente los fascículos de su tan documentada como amena obra Enciclopedia del erotismo, en cuyo núm. 8 y en su página 152, se describe geométricamente «en planta y alzado» el descomunal tamaño de la polémica pija de Archidona. 
Señala Vd. que tan singular pieza, erecta y en estado de descapullez, arroja una longitud de 42 cms. con un diámetro en base de 85 mms. y de 76 mms. en la cúspide. Permítame dudar de la exactitud de tales datos, pues aun a escala 2: 1 podría hacer las delicias de más de una dama calurosa y exigente.
Sospecho que, en cuanto a longitud se refiere «ha bailado» Vd. los guarismos y probablemente ha querido indicar 24 cms. o ¿quizá 22 cms.?, que, ciertamente no están nada mal y aun podría afirmarse que peca de exagerada tan envidiable herramienta. Me honré años ha con la amistad de un probo caballero que calzaba 23 cms. y cuya extrovertida esposa, acaso con alguna copa de champagne de más, en ocasión de una boda, me confió que cuando yacía con «su funcionario» sentía como si la cosquilleasen en la espalda. 
Parece haber confundido igualmente el concepto de diámetro; un diámetro  de 24 mms. corresponde a una circunferencia de 76 mms. y el diámetro de  27 mms. a la circunferencia de 85 mms. Aun así, la esbeltez de la pieza de 240: [(244-27)/2] = 9,2 queda muy lejos de la más racional de 5,2, al alcance de cualquier cristiano. Le ruego acepte este comentario, no como crítica a una obra tan instructiva, sino como argumento que podría recoger en la fe de erratas. 
Terminaré informándole por lo que tiene de anecdótico que el bien dotado caballero a que antes me refería, muy amigo por otra parte de los placeres de la horizontalidad, nunca pudo, a ningún precio, sostener comercio carnal con mujer pública (entre las que era tan admirado como temido), a menos que se arrollara al pie del pene una toalla, a fin de reducir la carrera, cuyo insobornable condicionamiento le hacía decir: esto es como el afeitado en los toros; algo así como joder a distancia. 
Quedo de Vd. att. y s. s. A. R.
cipoteparabolico2
La física y el Cipote de Archidona
Teniendo en cuenta la leyes físicas se puede deducir los valores correspondientes al cipote de Archidona, en relación con con lo comprobado experiemntalemnete , que establece que  la altura media del semen eyaculado es de 30 cm, con una velocidad inicial de 7 km/h
Sabemos que la distancia x que alcanzó el semen fue de dos filas más atrás, suponiendo una distancia respaldo-respaldo de 1 m, tenemos que x fue igual a 2 m. La altura final ycorrespondió al pelo de la señora embadurnada, lo que vendría a ser unos 75 cm desde las nalgas. Suponiendo que el hombre estaba arrellanado en el asiento, podemos considerar un ángulo de disparo del miembro viril de 60o. Partiendo de la ecuación de la trayectoria del tiro parabólico, a velocidades no relativistas, y aislando la velocidad inicial, se obtiene:
penetrayectoriadef
que v0 es igual a 5.4 m/s o, lo que es lo mismo, 19.4 km/h que es muy superior al valor medio de 7 km/h.
Para determinar la altura máxima emplearemos el principio de conservación de la energía. Sabemos que en el momento del lanzamiento toda la energía era cinética mientras que en el punto de máxima altura era únicamente potencial. De donde:
penealturadef
obteniendo que hmáx es igual a 1.5 m, también muy, pero que muy, superior a los 30 cm de media.
Por tanto, se puede afirmar que, efectivamente, el cipote llevo a cabo toda una proeza. Y eso no es todo. Se estima que en promedio cada eyaculación suele producir una masa de 2 a 5 mililitros de plasma seminal, como una cucharadita de té. Por la descripción del suceso, parece que el chaparrón fue de una cantidad bastante superior. Así que podríamos concluir que fue un portentoso en calidad y cantidad.
Resultado de imagen de cartel pelicula La insólita y gloriosa hazaña del cipote de Archidona. 

La historia acabó en libro escrito por Camilo José Cela, publicado en 1976 bajo el título de  La insólita y gloriosa hazaña del cipote de Archidona, y tuvo también su adaptación cinematográfica en 1979 con el mismo título , con Elias Querejeta como productor, Camilo José Cela como guionista y nada menos que con los siguientes intérpretes: Josele Román, Francisco Algora, Antonio Gomero, Isabel Luque, Rafaela Aparicio, Laly Soldevila, Camilo José Cela, José Lifante, Manuel Alexandre, Luis Ciges y Emilio el Moro.

VÍDEO: El cipote de Archidona (Fragmento)

FuentesLa insólita y gloriosa hazaña del cipote de Archidona – Camilo José Cela-Tusquets Editores.https://losmundosdebrana.com

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